Aprueba LXIV Legislatura la Ley de Empoderamiento de la Mujer Rural

Aprueba LXIV Legislatura la Ley de Empoderamiento de la Mujer Rural

agosto 1, 2018 Desactivado Por Alejandro Salazar

El Pleno del Congreso de Veracruz aprobó el Dictamen por el que se crea la Ley para el Desarrollo, Equidad y Empoderamiento de la Mujer Rural Veracruzana cuyo objeto es mejorar la calidad de vida de las mujeres rurales, promover y garantizar sus derechos económicos, sociales, políticos y culturales, así como consagrar medidas específicas encaminadas a acelerar la equidad entre el hombre y la mujer rural.

Este Decreto es resultado de la iniciativa que presentó el 10 de enero de 2017 la diputada Daniela Guadalupe Griego Ceballos.

Esta ley, aprobada con 44 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones, busca fomentar la equidad de género en el diseño y operación de las políticas públicas para el sector rural del Estado y garantizar a las mujeres rurales el acceso y utilización de programas sociales productivos, tecnológicos, financieros, educativos, de salud, de seguridad alimentaria y de infraestructura social y productiva brindados por los gobiernos federal y estatal.

Se prevé la creación de un Fondo Estatal para el Desarrollo de la Mujer Rural (FEDMUR) y del Fondo de Garantías para la Mujer Rural (FOGMUR), así como el Consejo Consultivo para el Desarrollo de la Mujer Rural (COCODMUR).

Todos los fondos, planes, programas, proyectos y dependencias que favorecen la actividad rural en el Estado deberán ajustar sus procedimientos y requisitos en aras de eliminar cualquier obstáculo que impida el acceso de las mujeres rurales a ellos.

Se propiciará la participación en igualdad de oportunidades, de trato y libre de discriminación, de las mujeres rurales en los espacios de participación ciudadana generados por los municipios y el Gobierno del Estado.

El Consejo Consultivo estará integrado por un número no menor de doce ni mayor a veinte mujeres que propongan las diferentes organizaciones sociales, asociaciones civiles, instituciones académicas, campesinas e indígenas y en general mujeres rurales de las diferentes regiones del Estado.

El Gobierno deberá contar con un registro estadístico e indicadores propios sobre la condición de la Mujer Rural en el Estado, incorporando un desagregado por sexo de todo el registro de información de base agropecuaria, forestal, agroindustrial y de servicios para que las mujeres rurales sean reconocidas y alentadas según su actividad productiva.

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